Adquisición para Jóvenes
Convocatoria de ayudas estatales para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en municipios o núcleos de población de menos de 10.000 habitantes, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023.
Objetivo
La medida persigue facilitar a las personas jóvenes el acceso, en régimen de propiedad, a una vivienda digna y adecuada localizada en municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, mediante la concesión de una subvención directa para su adquisición; contribuyendo al reto demográfico de la recuperación de población en tales ámbitos.
Cuantía
Su cuantía asciende a 10.800 € por vivienda, con el límite del 20 % del precio de adquisición de la vivienda, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición.
Requisitos
- Para jóvenes de hasta 35 años.
- Adquisición de viviendas en municipios o núcleos de población de menos de 10.000 habitantes.
- Viviendas adquiridas por un valor de hasta 120.000€.
- Hasta 10.800€ por vivienda.
- Para viviendas adquiridas a partir del 1 de enero de 2022.
Alquiler de vivienda
Convocatoria de subvenciones estatales del programa de ayuda al alquiler de vivienda para los ejercicios 2022 y 2023
Objetivo
La medida persigue facilitar el disfrute de una vivienda o habitación, en régimen de alquiler o de cesión de uso, a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas arrendatarias o cesionarias.
Cuantía
La cuantía de la subvención asciende al 50% de la renta o precio mensual que deba satisfacerse, durante el plazo de 2 años, a contar desde la primera mensualidad completa que debiera ser abonada por la persona arrendataria o cesionaria, una vez vigente el contrato; pudiendo retrotraerse la ayuda al 1 de enero de 2022.
Requisitos
Que el precio de arrendamiento, o de cesión de uso, de la vivienda sea inferior a 600 euros mensuales; o de 300 euros si se trata del arredramiento o cesión de uso de una habitación.
- Alquiler o cesión de vivienda para residencia habitual
- Viviendas ajenas al parque público de la Junta de Extremadura
- Arrendamientos de viviendas o habitaciones
- Viviendas con arrendamientos inferiores a 600€/mes
- Habitaciones con arrendamientos inferiores 300€/mes
La suma de los ingresos anuales de todas las personas integrantes de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 3 veces IPREM.
Dicho umbral será:
- 4 veces el IPREM, si se trata de una familia numerosa de categoría general o de personas con discapacidad o víctimas de terrorismo.
- 5 veces el IPREM: familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.