Next Generation EU

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con financiación de Next Generation EU, contempla en su componente 2 ‘Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana’ tres tipos de ayudas destinadas a la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética en edificios y viviendas. Estas acciones se incluyen a su vez en programa 1 ‘Rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales’ de este Plan europeo.

Objetivos:

- Favorecer la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono.

- Ahorro energético y aprovechamiento de las energías renovables.

- Aumento de la eficiencia energética en viviendas y edificios.

- Descarbonización del parque edificado.

- Mejora del confort de las personas residentes.

- Lucha contra la pobreza energética.

- Dinamizar el sector de la construcción y la rehabilitación energética.

Rehabilitación de Edificio y Viviendas Unifamiliares (P3)

Personas beneficiarias

Personas propietarias o arrendatarias de viviendas unifamiliares, comunidad de propietarios de edificios de viviendas.

Actuaciones y costes subvencionables

  • Actuaciones que consigan una reducción de al menos un 30% del consumo de energía no renovable.
  • Una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 25% en Z.C. «C». (Z.C. «D y E» 35%)
  • Honorarios Técnicos, Gastos de tramitación e IVA (no recuperado)

Cuantía

Desde el 40% hasta el 80% en función de la mejora energética con límite de 18.800 euros.

En caso de vulnerabilidad económica, se puede alcanzar el 100% hasta los 23.500 euros en edificios (26.750 euros en viviendas unifamiliares)

 

Cuantía

40% con un límite de 3.000 euros. Coste mínimo de la actuación incluyendo honorarios Técnicos, Gastos de tramitación e IVA (no recuperado)– 1.000 euros.

Viviendas Unifamiliares y en Bloque (P4)

Personas beneficiarias

Personas propietarias o arrendatarias de viviendas unifamiliares y pisos en edificios plurifamiliares que constituyan domicilio habitual y permanente.

Actuaciones subvencionables

- Una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7%.

O bien

- Una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% (cubierta, fachada, ventanas, fotovoltaicas, termosolar o similares).

O bien

- Una modificación o sustitución de elementos de la fachada/cubiertas/ventanas que cumplan con los valores límites del Código Técnico.

Elaboración del libro del edificio existente y redacción de proyectos (P5)

Personas beneficiarias

Personas propietarias o arrendatarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios de vivienda colectiva finalizados antes del 2000.

Actuaciones subvencionables


- P5.1 - Elaboración del Libro del Edificio existente para la rehabilitación.
- P5.2 - Redacción de proyectos técnicos de rehabilitación.
Más Información

Cuantía

- Libro del Edificio: 760 – 3.500 euros.
- Informe de evaluación de edificio: Incremento 50%
- Proyectos técnicos: 4.700 – 30.000 euros

Costes Subvencionables

- Coste de la actuación.
- Honorarios profesionales
- Gastos de realojo temporal de ocupantes, acompañamiento social y otras similares.
- IVA, siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.

No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos.

Cuantía

Retirada de amianto: incremento de 1.000 €/vivienda o 12.000 € por edificio, el que resulte superior.

Los propietarios en situación de vulnerabilidad económica podrán optar hasta el 100% del coste de la actuación.

Actuaciones de urbanización: 15% adicional sobre las cuantías máximas por vivienda.

Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Barrio (P1)

Personas beneficiarias

Podrán solicitar estas subvenciones todos los Ayuntamientos de Extremadura, independientemente del número de habitantes.

Actuaciones subvencionables

(el inicio de las actuaciones debe ser posterior al 1 de febrero de 2020)
1.- Actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial siempre que se obtenga una reducción al menos del 30% del consumo de energía primaria no renovable.
En edificios situados en las zonas climáticas C, D y E debe asimismo conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos:
- Zonas climáticas D y E: un 35%.
- Zona climática C: un 25%.
Excepciones:
- Edificios protegidos oficialmente que no permita actuar en la envolvente.
- Edificios que en los últimos 4 años acrediten la reducción de la demanda energética anual de calefacción y refrigeración.
2.- Actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico complementarias al desarrollo de las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en los edificios residenciales.