Concesión de subvenciones para la retirada de cubiertas con amianto y la instalación de líneas de vida permanentes para evitar riesgos de caída en altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Podrán ser beneficiarias las personas y entidades personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que, cumplan los requisitos enumerados en el artículo 3 del Decreto 49/2025, de 3 de junio de 2025, tengan un mínimo de tres personas trabajadoras por cuenta ajena de media en los últimos doce meses, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, realicen las inversiones objeto de subvención conforme a lo establecido en las bases reguladoras, en centros de trabajo situados en Extremadura, y sean propietarios/as o arrendatarios/as de los inmuebles donde se sitúen dichos centros de trabajo.

Extracto de Convocatoria

Convocatoria

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