Impulso a la rehabilitación energética y a la disminución del consumo de energía final y de las emisiones de CO2 en edificios de municipios de reto demográfico siendo aquellos de hasta 5.000 habitantes o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.

Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas:

  1. Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de los edificios.
  2. Propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.
  3. Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
  4. Las empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos.
  5. Municipios, entidades locales menores, mancomunidades y diputaciones provinciales.
  6. Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.

Plazo de presentación: Desde: 08/11/2022 – Hasta: 31/07/2024

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