Impulso a la rehabilitación energética y a la disminución del consumo de energía final y de las emisiones de CO2 en edificios de municipios de reto demográfico siendo aquellos de hasta 5.000 habitantes o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas:
- Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de los edificios.
- Propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.
- Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
- Las empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos.
- Municipios, entidades locales menores, mancomunidades y diputaciones provinciales.
- Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.
Plazo de presentación: Desde: 08/11/2022 – Hasta: 31/07/2024